¿Quién cae en la fracción IV?
La ley antilavado considera actividad vulnerable "el ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras" (LFPIORPI art. 17, fracc. IV). Las palabras clave son habitual o profesional: el préstamo aislado a un familiar no te convierte en sujeto obligado; una operación recurrente, organizada u ofrecida al mercado, sí — sea persona física, S.A., S.A.P.I. o el "prestamista del gremio".
El párrafo fue reformado el 16 de julio de 2025, dentro del paquete que endureció el régimen antilavado; si leíste guías anteriores a esa fecha, revísalas contra el texto vigente.
Las tres obligaciones (y sus números 2026)
- Alta y registro en el padrón de actividades vulnerables del SAT (portal PLD), antes de operar como tal.
- Identificar al cliente en toda operación de la actividad: expediente con identificación oficial, domicilio, y —cuando exista— el dueño beneficiario (art. 18). Sin umbral: se identifica siempre.
- Aviso mensual al SAT/UIF por las operaciones que alcancen 1,605 veces la UMA diaria: con la UMA 2026 de $117.31 (INEGI, vigente 1-feb-2026), el umbral es $188,282.55. Los avisos se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente.
Además: conservar la documentación (10 años), capacitar y designar responsable de cumplimiento cuando corresponde, y cuidar el efectivo: el art. 32 prohíbe liquidar en cash operaciones como inmuebles (≥ 8,025 UMA) o vehículos, joyas y acciones (≥ 3,210 UMA). Los préstamos no están en esa lista — pero la práctica sana del crédito privado es 100% transferencia, que además te da trazabilidad probatoria.
Qué pasa si no cumples
Las multas de la LFPIORPI se cuentan por operación omitida y en UMA — los rangos van desde cientos hasta decenas de miles de UMA según la infracción, y la reincidencia agrava. Peor aún: un esquema de préstamos sin identificación ni avisos se parece, a ojos de la autoridad, a una lavadora — exactamente la sospecha que un prestamista legítimo no puede permitirse.
El ángulo positivo: el cumplimiento es un activo
El expediente PLD que la ley exige es casi el mismo expediente que el crédito serio ya pide: identificación, origen de recursos, destino, contrato con fecha cierta. Cumplir LFPIORPI no duplica tu trabajo — lo formaliza. Y frente a inversionistas, bancos y compradores de cartera, un originador con PLD en orden vale más que uno "ágil" que no resiste una visita de verificación. En Tunton ese estándar es parte del método.